Puerto Rico es el escape ideal para aseguradores y reaseguradores que desean entrar al mercado de aseguranza y al mercado financiero porque se disfruta del acceso directo a los Estados Unidos y a otros mercados internacionales.
Puerto Rico es el escape ideal para aseguradores y reaseguradores que desean entrar al mercado de aseguranza y al mercado financiero porque se disfruta del acceso directo a los Estados Unidos y a otros mercados internacionales.
La Ley No.399 del 2004 y el Acta No.400 del 2004 del Capítulo 61 para el código de aseguranza de Puerto Rico fueron adoptados en orden para establecer la base del Centro de Aseguranza Internacional.
Los Centros de Aseguranza Internacional ofrecen un ambiente competitivo para aseguradores y reaseguradores para cubrir riesgos fuera de Puerto Rico, en acuerdo con un sistema regulatorio flexible que ofrece beneficios fiscales altamente atractivos. La Ley No.98 del 2011 proporciona un marco de referencia contributoria de largo plazo que garantiza el trato de aseguradores internacionales y reaseguradores para un periodo inicial de 15 años, que se puede renovar por dos periodos adicionales de 15 años.
Los aseguradores internacionales tienen una variedad de opciones para organizar y operar dentro del Acta 399. Estas opciones incluyen la de operar como una empresa holding de aseguranza internacional, como un asegurador internacional o una rama de aseguranza internacional y regímenes de activos asegurados.
Entre los incentivos fiscales otorgados por los Aseguradores Internacionales de Puerto Rico y el Acta de Reaseguradores se encuentran:
El Centro de Aseguranza Internacional es una plataforma que sirve como: