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Dominica es una de las jurisdicciones menos conocidas ubicadas en el Caribe. Su ubicación privilegiada dentro de las islas centrales hace que el país sea un gran lugar para los inversores extranjeros que desean iniciar un banco offshore desde un país económico con mucho potencial.

Al igual que muchos otros países del Caribe, Dominica ofrece incentivos fiscales para las corporaciones extranjeras que deseen establecer un banco offshore o una entidad financiera internacional. Dominica ofrece todo lo que hacen las Islas Caimán, las Bahamas, Santa Lucía y otros países del Caribe, pero sin las estrictas regulaciones y los largos períodos de espera.

Las estrictas regulaciones y la demanda de transparencia por parte de las autoridades financieras han hecho que la industria bancaria offshore pierda su fuerza en los últimos años, pero Dominica se ha aprovechado de esto y ha anunciado su enfoque en la privacidad como uno de sus principales puntos de venta para las entidades financieras internacionales.

En Dominica, las autoridades financieras solo tienen acceso a información bancaria en situaciones específicas y solo bajo sospecha de fraude fiscal u otros delitos relacionados. Aún así, en aquellos casos en que las autoridades exigen revisar las cuentas bancarias de un cliente o corporación, una orden judicial debe estar presente para que la búsqueda tenga lugar.

Una licencia bancaria offshore en Dominica lo exime de todos los impuestos y aranceles asociados con la industria bancaria offshore en el país. Al realizar negocios en Dominica, no está permitido comerciar con dólares del Caribe Oriental.

Las corporaciones offshore que desean operar bajo la apariencia de fideicomiso están exentas de los impuestos dominicanos a las empresas fiduciarias offshore que se llevan a cabo desde el interior del país de Dominica.

Dominica también tiene el beneficio adicional de no tener tratados de doble imposición escritos en su constitución y que el inglés sea el idioma hablado en el país. La ley dominicana tampoco exige que los bancos offshore publiquen informes anuales para una entidad financiera internacional.

Para establecer un banco offshore en la isla o una entidad financiera internacional, necesita al menos un director y un accionista. El director o accionista puede ser un individuo o una corporación.

Con el propósito de traer empleos y dinero al país, el director o accionista de la entidad financiera internacional puede calificar para un segundo pasaporte o para la ciudadanía en la isla de Dominica.

No está obligado a celebrar reuniones generales anuales en el país ya que se pueden celebrar en cualquier lugar. No es necesario que los accionistas o los directores voten en persona en dichas reuniones, pueden votar a través de una tercera persona o incluso en línea.

Su banco internacional en Dominica puede funcionar como una empresa comercial internacional, no necesariamente como una LLC. Debe mantener registros contables dentro del país o en cualquier otra parte del mundo, lo que mejor beneficie su situación.

No es obligatorio ser residente de Dominica para convertirse en accionista o director de una empresa en el país, pero le facilitará las cosas y será beneficioso para la empresa, ya que las autoridades lo verán con mejor luz.

Dominica tiene uno de los requisitos de capital más bajos que encontrará en el Caribe. Dominica le permite obtener una licencia de banco offshore con solo un millón de dólares en capital.

● El capital mínimo de Puerto Rico para el permiso de organización es de $ 550,000. Sin embargo, alcanza los $ 2.5 millones y $ 5 millones después de algunos años de operación. Además, el capital total es negociable con el regulador basado en su modelo de negocio y pagado con un tope de $ 5 millones por ley.

Aún así, obtener el capital necesario para operar no es la parte difícil. La parte difícil es conseguir un socio bancario correspondiente. Esto es obligatorio en cualquier jurisdicción bancaria offshore y cada vez es más difícil para los bancos estadounidenses cooperar en este asunto.

Podemos ayudarlo a obtener un socio bancario correspondiente, pero primero, necesitará tener un plan de negocios concreto que explique todos los detalles relacionados con su operación. También le recomiendo que memorice la Ley 8 y la Ley 10, que estipula las pautas relativas a la banca offshore en el país de Dominica.

La Ley 10 se agregó en 2015 como una enmienda a la Ley de Banca Offshore que se redactó originalmente en 1995. Entre las muchas cosas que hizo la nueva ley fue modernizar las leyes y definir las leyes de transparencia y secreto que rigen la industria bancaria en Dominica. También definió el término secretario financiero.

Un secretario financiero es una persona autorizada bajo esta ley para ayudar a cualquier persona relevante en el desempeño de sus funciones que no revelará ninguna información relacionada con ninguna solicitud de ninguna persona bajo la Ley 10 ni a los asuntos de una institución financiera que haya adquirido en El desempeño de sus deberes.

Como verá al revisar estos documentos, hay un montón de reglas que deben seguirse para comenzar a operar en Dominica. Una buena firma de abogados especializada en negocios internacionales y banca deben formar parte de su equipo desde el inicio de su proyecto.

Espero que este artículo sobre la banca offshore en Dominica le haya resultado útil. Para obtener más información o asistencia para iniciar un banco en Dominica, contáctenos en  info@licenciabancaria.pro