Regulación S, reglamento 903 y 904, y una variedad de otras secciones gobiernan la publicidad a ciudadanos americanos hecha por bancos offshore. Como lo dictamina la Regulación S:
Regulación S, reglamento 903 y 904, y una variedad de otras secciones gobiernan la publicidad a ciudadanos americanos hecha por bancos offshore. Como lo dictamina la Regulación S:
Una oferta o venta debe ser hecha en una transacción offshore; y ningún esfuerzo directo de venta debe ser hecho por el que otorga, un distribuidor, otro afiliado respectivo, o cualquier persona actuando por su parte.
Una transacción offshore es una en que:
A los bancos offshore y corretajes se les prohibe hacer publicidad en publicaciones con una circulación general en los Estados Unidos. Esto aplica para periódicos y revistas con circulación de más de 15,000. Si menos del 20% de la circulación de una publicación se encuentra en los Estados Unidos, los bancos offshore pueden hacer publicidad pero son requeridos que incluyan toda clase de avisos legales diciéndole a los Americanos que no se acerquen. No se sabe si estas limitaciones aplican a la publicidad en línea.
A los bancos offshore también se les prohibe enviar materiales impresos a prospectos estadounidenses, conduciendo seminarios promocionales en los Estados Unidos, y cualquier otra actividad que se refiere a la condición del mercado americano.